SGAE versus Peñas Flamencas
Como a perro flaco todo son pulgas, ahora es la voracidad de la Sociedad de General de Autores y Editores Españoles (SGAE) la que lleva a la Federación de Peñas Flamencas de Sevilla a los Tribunales de Justicia.
Las peñas flamencas están, y no sin razón, contrariadas con la Junta de Andalucía, tanto por el reclamo de Hacienda cuanto por las exiguas subvenciones que la Consejería de Cultura y Patrimonio destina para el tejido asociativo. La pandemia les está dando la puntilla y, como a perro flaco todo se le vuelven pulgas, ahora es la voracidad de la Sociedad de General de Autores y Editores Españoles (SGAE) la que lleva a la Federación de Peñas Flamencas de Sevilla a los Tribunales de Justicia.
No es mi intención trasladar un debate que habrá de dilucidarse el próximo 6 de septiembre en los Tribunales de Justicia. Tampoco establecer un juicio paralelo a la causa, pero sí poner en conocimiento de la opinión pública un problema de rango mayor que afecta muy gravemente a las abnegadas peñas flamencas.
La demanda de proceso monitorio a la que me refiero fue interpuesta el 9 de junio de 2020 contra la Federación Provincial de Sevilla de Entidades Flamencas, y el 28 de julio se interpuso una demanda de juicio monitorio en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera), procedimiento judicial por el que se reclama el pago de una deuda dineraria vencida que asciende a 5.079,90 euros.
Esta demanda es en su calidad de organizadora del XI Circuito Flamenco Entre Naranjos y Olivos, celebrado durante los meses de marzo a abril de 2015, y del ciclo denominado Peñas de Guardia, entre los meses de abril a junio de 2019, actuaciones en las que, según la SGAE, se interpretaron obras cuyo repertorio consta de composiciones musicales pertenecientes a autores integrados en la SGAE, que es la entidad que gestiona y defiende esos derechos de propiedad intelectual, generándose de esta suerte derechos de autor cuya gestión compete a dicha entidad de gestión.
Entre los artistas miembros de la SGAE que participaron en esos eventos figuran Rafael Campallo, El Junco, Pedro el Granaíno, Jesús Méndez, Javier Rivera, Tomás de Perrate, José Valencia, Julián Estrada, Antonio Reyes, Samuel Serrano y Miguel Pérez, aparte de que se aplica la tarifa igualmente a Sabicas, Ramón Montoya y Pepe Marchena.
«Si la cultura popular flamenca supervive es gracias al tejido asociativo. Y si al promoverla se delinque, estaríamos condenándola al más alto nivel de exclusión y desigualdad social. Que tome nota la SGAE»
Los primeros son artistas asiduos a los ciclos de la Federación que, si no lo han hecho, mucho están tardando en declarar ante notario que el contenido de sus recitales pertenece exclusivamente al acervo popular y que lo han interpretado en entidades que son centros culturales de interpretación del patrimonio histórico dedicado a promover la memoria sonora y plástica de Andalucía. Y sobre las tarifas a los Sabicas, Montoya y Marchena, desconozco al lumbrera que pudo identificar en estos recitales las composiciones guitarrísticas, porque ninguno de ellos ejecutan los cantes de Marchena.
Me consta, en tal sentido, que las peñas han querido llegar a un acuerdo con la SGAE, pero con esta entidad privada cuya prioridad es recaudar, resulta imposible. En sus criterios no figuran los de aplazamiento ni fraccionamiento, como en la Agencia Tributaria. La sociedad no les admitió ni tan siquiera abonarle la presunta deuda a través de una cuota mensual, como tampoco aceptó liquidar el asunto de manera más amigable, por más que se antoje abusivo, una invasión a la privacidad que, a mi entender, amenaza al concepto original de peña flamenca.
Como publicamos en El Mundo, el XLIII Potaje Gitano de Utrera, homenaje a José Mercé, estuvo a punto de no celebrarse el 25 de junio de 1999 porque un día antes un funcionario de la SGAE había interpuesto una denuncia a la Hermandad de Los Gitanos por falta de pago, demanda que se solventó en un juzgado sevillano al llegar ambas instituciones a un acuerdo por el que la Hermandad pagaría la misma noche de la celebración un 10 por ciento de lo recaudado, oportunidad que no ha gozado la Federación de Peñas de Sevilla por parte, además, de una entidad que no está para dar lecciones, pues debiera reclamar el canon de aquellas obras protegidas que pertenecen exclusivamente al repertorio de sus autores, como explicaré en otro momento.
Los de la SGAE, por lo pronto, dudan hasta de sus orígenes. La SGAE se fundó en 1932, después de la desaparición de su predecesora, la Sociedad de Autores Españoles, creada por Chapí en 1899, aunque, como demostró Javier Osuna, un año antes ya existía en Cádiz la Sociedad de Autores, compositores y editores de música. Sería Pepe Pinto quien, un 13 de julio de 1934, declaró a Galerín acerca de las coplas en el Diario de Almería, advirtiendo a los cobradores de la SGAE que “unas las hacemos nosotros y otras las arreglamos a nuestro modo, a nuestro estilo”. Y tanto, como que componían las coplas que, en su inmensa mayoría, eran de origen popular.
Apelo a esta declaración porque pone el acento en el enriquecimiento de la SGAE y no en la razón que señala la historia, por lo que no sorprende que, de 1983 a 1988, la recaudación de la SGAE aumentara de tres mil a nueve mil doscientos millones de pesetas, o que en 2005 recaudó sólo en Andalucía 36,7 millones de euros, un 14,6 por ciento más que en 2003, exceso que ya fue abordado en el Consejo de Ministros del 13 de septiembre de 1991, que refrendó la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia por la que se proponía una multa a la SGAE por considerar abusivas las tarifas que ésta tenía aprobadas.
Y es que la voracidad de la SGAE no tiene límites. Podría traer a colación cómo desde los albores de los 2000 reclamó en los tribunales los derechos de autor por la fiestas de los pueblos. Y hasta el revés que sufrió ante el Ayuntamiento de Ribera del Fresno, con una sentencia que señalaba que la SGAE no tiene legitimación alguna para reclamar el cese de las actuaciones.
Ítem más. La exigencia en 2008 en concepto de derechos de autor generados en La Casa de la Memoria de Al-Andalus, de Sevilla, que ofrecía conciertos de música sefardí y de flamenco del siglo XIX. La multa de 60.000 euros que se le impuso a la SGAE por el expediente 175/2007 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre una boda grabada sin autorización en La Doma.
Y para poner la guinda a un pastel de dudosos ingredientes, me remito a principios de 2009, cuando supimos que llamar “cueva de ladrones”, como así lo hizo la web www.cnt.es a la SGAE, no es delito, dado que la jueza entendió que su sistema de financiación es “desproporcionado y excesivo”, añadiendo la sentencia “que se está reproduciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio”, sentencia que firmó la magistrada-juez Begoña Álvarez García, magistrado-juez de Primera Instancia de Madrid y en cuyos fundamentos de derecho pondera el derecho a la libertad de expresión, por lo que no sólo no considera injurioso este comentario por el que la SGAE solicitaba una indemnización de 9.000 euros, sino que, además de rechazar indemnización alguna, condenó a la parte demandante al pago de las costas.
Dicho esto, si la cultura popular flamenca supervive es gracias al tejido asociativo. Y si al promoverla se delinque, estaríamos condenándola al más alto nivel de exclusión y desigualdad social. Que tome nota, pues, la SGAE.
Imagen superior: Facebook de la Federación Provincial de Sevilla de Entidades Flamencas